4 Years From Now Barcelona 2025: consigue una de las 16 entradas y espacio expositivo para startups del ecosistema valenciano
- Puedes consultar las bases de esta convocatoria haciendo clic aquí
- Convocatoria abierta hasta el jueves 6 de febrero de 2025 a las 11:59 a.m.
4 Years From Now (4YFN) se celebrará entre los días 3 y 6 de marzo de 2025, en Barcelona, como uno de los eventos de referencia del ecosistema de emprendimiento europeo. 4YFN se celebra en el marco de la feria Mobile World Congress (MWC) Barcelona.
Con el fin de facilitar la presencia de startups del ecosistema valenciano en 4YFN 2025, València Innovation Capital entregará 1 entrada “Exhibition” hasta un total de 16 startups (a título informativo, cada entrada de tipo Exhibition tiene un coste de 989€).
Por otra parte, esta convocatoria no contempla ningún tipo de ayuda económica para cubrir gastos de desplazamiento o alojamiento, circunscribiéndose a la facilitación de 1 entrada por startup y espacio expositivo para cada una de ellas, de forma rotatoria.
La entrada será válida para los 4 días de la feria.
El espacio expositivo para cada una de las startups beneficiarias será de sólo de 1 día entre los 4 que dura la feria. Dentro del stand de València Innovation Capital se habilitará una zona con 4 mostradores o mesas para startups y las 16 startups beneficiarias rotarán en grupos de 4 (4 startups por día).
La asignación del día de espacio expositivo para startups (1 día entre los 4 días que dura el evento, entre lunes y jueves) en el stand de València Innovation Capital se realizará de forma aleatoria, con el fin de ofrecer las mismas oportunidades a todas las beneficiarias.
¿Quién puede formar parte del proceso de entrega de entradas de tipo Exhibition para 4 Years From Now 2025?
Podrán formar parte del proceso de entrega de entradas Exhibition para 4YFN 2025 aquellas startups que cumplan con las condiciones para ser consideradas como empresas emergentes innovadoras de base tecnológica, según la Ley 28/2022, de 21 de diciembre, de fomento del ecosistema de las empresas emergentes (más conocida como “Ley de Startups”).
En el artículo 3 de la Ley de Startups se recogen las condiciones que tiene que cumplir una empresa, para ser considerada “empresa emergente” (o startup):
• Ser de nueva creación o, no siendo de nueva creación, cuando no hayan transcurrido más de cinco años desde la fecha de inscripción en el Registro Mercantil, o Registro de Cooperativas competente, de la escritura pública de constitución, con carácter general, o de siete en el caso de empresas de biotecnología, energía, industriales y otros sectores estratégicos o que hayan desarrollado tecnología propia, diseñada íntegramente en España, que se determinarán a través de la orden a la que hace referencia el artículo 4.1.
• No haber surgido de una operación de fusión, escisión o transformación de empresas que no tengan consideración de empresas emergentes. Los términos concentración o segregación se consideran incluidos en las anteriores operaciones.
• No distribuir ni haber distribuido dividendos, o retornos en el caso de cooperativas.
• No cotizar en un mercado regulado.
• Tener su sede social, domicilio social o establecimiento permanente en España.
• Tener al 60 % de la plantilla con un contrato laboral en España. En las cooperativas se computarán dentro de la plantilla, a los solos efectos del citado porcentaje, los socios trabajadores y los socios de trabajo, cuya relación sea de naturaleza societaria.
• Desarrollar un proyecto de emprendimiento innovador que cuente con un modelo de negocio escalable, según lo previsto en el artículo 4 (de la citada Ley de startups).
Por otra parte, según el artículo 3.2 de la Ley de Startups:
• se entiende por empresa de base tecnológica aquella cuya actividad requiere la generación o un uso intensivo de conocimiento científico-técnico y tecnologías para la generación de nuevos productos, procesos o servicios y para la canalización de las iniciativas de investigación, desarrollo e innovación y la transferencia de sus resultados.
• se considerará que una empresa emergente es innovadora cuando su finalidad sea resolver un problema o mejorar una situación existente mediante el desarrollo de productos, servicios o procesos nuevos o mejorados sustancialmente en comparación con el estado de la técnica y que lleve implícito un riesgo de fracaso tecnológico, industrial o en el propio modelo de negocio.
Nota importante: para participar en esta convocatoria es suficiente con cumplir las condiciones para ser considerada empresa emergente de base tecnológica e innovadora, según la Ley de startups sin que sea necesario estar en posesión del certificado ENISA de empresa emergente. En este sentido, en el formulario de inscripción se incluirá una declaración responsable de cumplimiento de las características antes citadas.
Igualmente, dado que esta convocatoria se circunscribe al ecosistema valenciano de startups o empresas emergentes, las iniciativas emprendedoras que quieran participar deberán:
• Tener su domicilio fiscal y/o social en la ciudad de València o haber participado en algún programa de aceleración o incubación de startups presencial, público o privado, puesto en marcha en la ciudad de València desde el 1 de enero de 2023 hasta la fecha de publicación de esta convocatoria.
• Haber inscrito sus escrituras de constitución y estatutos de la empresa en su correspondiente registro, con anterioridad a la fecha de publicación de esta convocatoria.
Dado que en el punto 3.a de la Ley de Startups se indica que las empresas tienen que estar inscritas en el Registro Mercantil, o Registro de Cooperativas, quedan fuera de esta convocatoria otras figuras jurídicas distintas de entidades mercantiles como personas autónomas, asociaciones o fundaciones.
¿Qué pasos hay que seguir para presentarse a la convocatoria de entrega de entradas, así como espacio expositivo y cuál es el plazo para enviar solicitud?
Las startups interesadas deben presentar su solicitud rellenando los campos del siguiente formulario: https://forms.office.com/e/z7j9KT6HBr
Cada startup que quiera aplicar a esta convocatoria sólo podrá rellenar un único formulario de solicitud.
A cada startup que aplique a esta convocatoria se le asignará una única entrada.
Todas aquellas entidades beneficiarias que:
• no suministren información veraz en los campos de la sección de Declaración responsable del anterior formulario
• no acudan al evento, una vez obtenida su entrada (salvo por causa de fuerza mayor)
podrán ser excluidas de futuros procesos de selección de startups realizados por parte de València Innovation Capital, en los próximos dos años a partir de la fecha de publicación de esta convocatoria.
El plazo para presentar solicitudes finalizará el próximo jueves 6 de febrero de 2025 a las 11:59 a.m.
Procedimiento de adjudicación de entradas para startups del ecosistema valenciano para 4YFN 2025
El proceso de adjudicación de las 16 entradas disponibles (1 por startup) y espacio expositivo durante 1 día, de forma rotatoria para startups del ecosistema valenciano en el evento 4YFN 2025 se realizará por riguroso orden de recepción, atendiendo a las “huellas de tiempo” registradas en los formularios de solicitud incluidos en el apartado 3 de esta convocatoria.
Una vez que finalice el plazo para recibir solicitudes se publicará un listado de beneficiarias en la página web de València Innovation Capital y las mismas recibirán un enlace por email para que puedan obtener su entrada y se gestionarán con las mismas las cuestiones relativas al espacio expositivo.
Aquellas beneficiarias que, cumpliendo con los requisitos de la convocatoria, no estén entre las 16 primeras solicitudes correctamente recibidas, entrarán en una lista de reserva, y se les podrá facilitar hasta 1 entrada para el evento, si se produjera alguna renuncia o hubiera disponibilidad.